Impuestos

IVA

Impuesto sobre el Valor Añadido

Impuesto indirecto que grava el consumo de bienes y servicios en territorio peninsular y Baleares.

El IVA es el impuesto indirecto más relevante en la actividad de un autónomo en territorio común (península e Islas Baleares). Lo recauda el empresario o profesional cuando emite una factura y lo ingresa trimestralmente en Hacienda mediante el modelo 303.

Tipos impositivos vigentes

TipoPorcentajeAplica a
General21 %La mayoría de bienes y servicios
Reducido10 %Hostelería, transporte de viajeros, vivienda nueva, productos sanitarios
Superreducido4 %Pan, leche, fruta, libros, medicamentos, vivienda de protección oficial
Fuente: Ley 37/1992, arts. 90 y 91 (BOE)

Cuándo se declara

  • 1T (enero–marzo): se presenta del 1 al 20 de abril
  • 2T (abril–junio): del 1 al 20 de julio
  • 3T (julio–septiembre): del 1 al 20 de octubre
  • 4T (octubre–diciembre): del 1 al 30 de enero del año siguiente
  • Resumen anual modelo 390: del 1 al 30 de enero

Fuentes oficiales

Actualizado: 29 de abril de 2026

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